miércoles, 1 de abril de 2020

Ya es oficial: se prohibió los despidos y las suspensiones por 60 días

El decreto 329/2020 publicado en el Boletín Oficial establece que no se podrá echar trabajadores sin justa causa o por falta o disminución de trabajo.

El Gobierno nacional prohibió por decreto los despidos "sin causa justa o disminución de trabajo y fuerza mayor" por el lapso de sesenta días. Tal como había anticipado El Destape,  finalmente, el Presidente decidió soportar la política oficial tras los anuncios de despidos masivos de grandes empresas como Techint y Mirgor.

 A través del decreto 329/2020, publicado el martes por la noche en la edición extraordinaria Boletín Oficial y con la firma de todos los integrantes del gabinete nacional, el Gobierno determinó la suspensión de los despidos por dos meses.


 "Prohíbense los despidos sin justa causa y por las causas de falta o disminución del trabajo y fuerza mayor por el plazo de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial", establece el decreto.

Además, se dispuso prohibir también las suspensiones "por las causas de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo", siempre dentro de los próximos 60 días. Extienden el programa Ahora 12 e incorporan nuevos productos
En los estimados, se considerará que  "resulta indispensable la evaluación de la conservación de los puestos de trabajo  por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y lo único que será posible si se transita la emergencia con un Diálogo Social en todos los niveles y no con medidas unilaterales ".

En el artículo 4 se determinó que los despreciados y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en este decreto  "no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales afectadas y sus condiciones actuales".

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