miércoles, 26 de junio de 2019

Castán: “No sólo debemos ocuparnos de los comerciantes, sino también de todos los contribuyentes, que es lo que esta gestión hace realmente”

El Secretario de Hacienda del Municipio de Rawson salió a responder los dichos del representante de Cambiemos en el Concejo Deliberante, y explicó que lo que Monti sugiere que se haga, está vigente desde el 2018.

El secretario de Hacienda del Municipio de Rawson, Esteban Castán, hizo referencia a las declaraciones del edil Dulio Monti, quien reclamaba herramientas para que los comerciantes de la ciudad capital puedan cumplir con sus compromisos tributarios.

Castán explicó que “desde enero del 2018 está vigente en el Municipio, la Disposición N°23/18 mediante la cual se disponen planes de facilidades de pago que permitan a la totalidad de los contribuyentes, y no solamente a los comerciantes, regularizar su situación, incluyendo quitas de hasta el 100% de los recargos por mora”.

“La crisis no nació ahora en el 2019,- agregó el funcionario- venimos implementando acuerdos y beneficios desde el 2018 donde entramos seriamente en crisis, desde que el gobierno nacional decidió endeudarse en lugar de generar recursos”.

Asimismo, el responsable de la cartera de Hacienda agregó que “está en vigencia también la ordenanza 7954/19 que establece que los pagos en mora de impuestos municipales sufrirán un recargo equivalente al 2,5% mensual, y que se faculta a la Secretaría de Hacienda a reducir hasta en un 100% este porcentaje, y la ordenanza 7957/19 que prevé que la Secretaría de Hacienda establezca regímenes generales o especiales para determinar el monto de las deudas y concluir acuerdos o establecer modalidades y plazos para su cancelación”.

Ante esta situación, Castán opinó que “desde el 2018 venimos fomentando las facilidades de pago para beneficiar a los contribuyentes y poder mejorar también la recaudación, pero consideramos que no sólo debemos acompañar al sector comercial, porque todos los contribuyentes sufren las malas políticas nacionales, parece ser que la preocupación de Monti está sobre el comercio, como si el resto de los contribuyentes no sufrieran la crisis nacional que está suscitándose”.

En este mismo sentido, el funcionario hizo referencia a la ley de emergencia comercial, que pospone todas las acciones intimidatorias para el cobro de deudas, por lo que “la única manera de fomentar los pagos es a través de acuerdos y bonificaciones que inviten a los contribuyentes a regularizar la situación, entiendo que el pedido de adhesión a esta ley es una cuestión netamente política, prueba de ello está la contradicción dentro de sus declaraciones dado que por una parte llama a la responsabilidad de salir a mejorar la recaudación y por otra parte le resta herramientas al municipio para que el mismo pueda mejorar la recaudación, no obstante ello este Municipio adhirió a dicha Ley”.

PLANES DE PAGO VIGENTES

Estos planes alcanzan a deudas originadas en impuestos inmobiliarios, tasas de limpieza, Conservación de la Vía Pública, Recolección de Residuos Domiciliarios, Tasas de cementerio, Impuesto al automotor, impuesto Ingresos Brutos y habilitaciones comerciales, exceptuándose aquellas deudas que hayan sido giradas a la Asesoría Legal para su cobro.

Impuestos inmobiliarios, automotores, Debito automático y Cementerio:

· Cancelación de deuda en 1 pago, quita de recargos hasta el 40%.

· Cancelación de deuda en 3 pagos, quita de recargos hasta el 30%.

· Cancelación de deuda en 6 pagos, quita de recargos hasta el 20%.

· Cancelación de deuda hasta en 12 pagos sin interés.

· Cancelación de deuda hasta en 24 pagos cuotas con una aplicación del 12% anual.

·

Ingresos brutos:

· Cancelación de deuda en 1 pago, quita de recargos hasta el 30%.

· Cancelación de deuda en 3 pagos, quita de recargos hasta el 15%.

· Cancelación de deuda en 6 pagos, quita de recargos hasta el 7%.

· Cancelación de deuda hasta en 12 pagos con una aplicación del 12% anual.

Las deudas correspondientes a multas por Tasa de Edificación podrán autorizarse hasta un máximo de 12 cuotas sin interés.

Para las deudas en concepto de Habilitación Comercial por un periodo superior a un año, se podrá optar por la cancelación en 1 pago, con una quita del 30% sobre los recargos.

Quitas del 100% sobre los recargo, por acuerdo de Secretaria de Hacienda.

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