viernes, 22 de junio de 2018

Arcioni autorizó a sacar merluza sin procesar de Chubut

En una medida sin precedentes, el gobierno provincial permite que saquen de la jurisdicción materia prima sin procesar. La ley fija para la merluza hubbsi, el filete como el proceso mínimo. Ahora podrán reprocesarla en Mar del Plata. Llamativo y cómplice silencio del STIA.

“Superando Límites”, es el lema elegido por el Gobierno de Chubut como eje comunicacional de la administración. El sucesor de Mario Das Neves, Mariano Arcioni se lo tomó en serio. En una medida sin precedentes, el gobierno provincial permite que saquen de la jurisdicción materia prima sin procesar.


El Artículo 37 de la Ley General de Pesca de Chubut IX N° 75 dice taxativamente: “Los titulares de permisos de pesca no podrán enviar fuera de la provincia materia prima sin procesar, salvo aquella comprendida en convenios interprovinciales. Para las especies de aleta el proceso mínimo será el filete refrigerado. La reglamentación de la presente ley establecerá el proceso mínimo de las restantes especies, así como podrá modificar el mínimo establecido para las especies de aleta en tanto ello signifique un incremento en la escala de valor del producto”.

Como la ley lo prohibía, Mariano Arcioni, firmó el Decreto 312/2018, como medida de excepción, autorizando que salga de Chubut a otras provincias, o se exporte, merluza hubbsi sin el proceso mínimo requerido por la legislación. El decreto fue refrendado por el Ministro Coordinador de Gabinete, no así, por el Secretario de Pesca.

Fundamento inverso
En los fundamentos de la medida gubernamental se cita el Artículo 1° de la Ley General de Pesca Marítima, IX N° 75, justamente, el cual refiere a que el espíritu de la ley es promover e incentivar el proceso en tierra y el valor agregado de las capturas de los recursos naturales, pero aquí se lo usa para fundamentar lo contrario. Ese artículo establece que la Provincia del Chubut “fomentará una política de desarrollo pesquero social y ecológicamente sustentable, tendiente a la obtención de la máxima renta social derivada del aprovechamiento integral de los recursos vivos del mar, procurando la radicación efectiva y permanente en el territorio provincial de empresas pesqueras que promuevan fuentes de trabajo estable, duradero y calificado, innovación tecnológica y la obtención del mayor valor agregado de los recursos pesqueros en territorio provincial a través de los procesos de elaboración industrial”.

En tanto, se menciona que el Artículo 37 de la misma ley establece que los titulares de permisos de pesca no podrán enviar fuera de la provincia materia prima sin procesar y que las especies con aleta el proceso mínimo será el filete refrigerado. “Que el citado artículo también establece que la reglamentación de la Ley IX N° 75 establecerá el proceso mínimo de las restantes especies, así como podrá modificar el mínimo establecido para las especies de aleta en tanto ello signifique un incremento de la escala de valor del producto”.

“Circunstancias críticas”
En el Decreto 312/18 Arcioni alega que debe tomar una medida de excepción, ya que “en este contexto debe considerarse no solamente la elaboración de productos de alto valor agregado, sino también promover el mayor aprovechamiento de los recursos pesqueros provinciales”. Dice también que “en circunstancias críticas deben adoptarse medidas que permitan sostener la actividad del sector para preservar la mano de obra instalada y la renta social, considerando a tal fin el acceso a la disponibilidad de los recursos pesqueros, los requerimientos empresariales, los costos, el mercado y demás variables que determinan el presente escenario”.

Así las cosas, el decreto publicado en el Boletín Oficial sostiene además que ante “la actualidad de las empresas radicadas en la ciudad de Comodoro Rivadavia, dedicadas al procesamiento en planta de la especie merluza común, merluccius hubbsi, han manifestado interés en la elaboración de productos H&G (descabezado y eviscerado) y HGT (descabezado, eviscerado y sin cola), en virtud de la demanda del mismo con destino a mercados extra-provinciales y corresponde evaluar la factibilidad de esta solicitud”.

Chubut devolvió cupo al CFP
Por otro lado, hacen referencia a que en el marco de la Resolución 23/09 del Consejo Federal Pesquero y bajo otros conceptos, “Chubut dispone en total de 9,9945% de la Captura Máxima Permisible del ejercicio pesquero 2018 y se traduce en 28.984,1 toneladas de merluza, al igual que en el ejercicio pesquero 2017”.

Recuerdan que, en el año 2017, “la provincia debió realizar la devolución, al Consejo Federal Pesquero, de un total de 10.084,5 toneladas y subutilizó su Reserva Social en unas 2700 toneladas, debido al escaso interés manifestado por el sector para pescar merluza, en contraposición con el éxito de la temporada de langostino y su mayor valor en el mercado. Que la merluza de la Reserva Social, destinada al máximo interés social, devuelta a Nación fue usufructuada por otras jurisdicciones y sienta un precedente poco favorable para Chubut”.

El STIA no abre la boca
Asimismo, el gobernador Mariano Arcioni agregó en los fundamentos para habilitar que saquen merluza sin procesar de Chubut, indicando que “estos últimos años, que se caracterizan por temporadas exitosas para la pesca de langostino, y los permisionarios de Comodoro Rivadavia no han tenido acceso al mismo en jurisdicción provincial, puesto que el Golfo San Jorge desde el año 2017 está cerrado para la pesca de la especie y estas embarcaciones tampoco están habilitadas para operar en la Zona de Esfuerzo Pesquero Restringido Permanente.

“El Gobernador de la Provincia del Chubut decreta: Modificase, con carácter excepcional y transitorio, el mínimo proceso establecido por el Art 37 de la LEy IX N° 75 para la especie merluza común”, dice la parte resolutiva. “Autorizándose hasta el 31 de diciembre de 2018, el carácter excepcional y transitorio” de la medida.

Finalmente se ponen dos parámetros: “Establécese un cupo máximo de un mil quinientas toneladas para la elaboración y comercialización de producto fresco de merluza hubbsi H&G y/o merluza hubbsi HGT. Establécese un cupo máximo de dos mil toneladas para la elaboración y comercialización de producto congelado merluza hubbsi HGT”, indican los artículos tercero y cuarto del Decreto 312.

A todo esto, la combativa dirigencia del Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación de Chubut (STIA), ha mantenido un ensordecedor silencio, que se parece más a un acto de complicidad política.

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